NOTA DE AVISO-Novedades Autonomos que entran en vigor 10 de Octubre

8 Oct 2015 | Notas de aviso, principal

Inicio » Notas de aviso » NOTA DE AVISO-Novedades Autonomos que entran en vigor 10 de Octubre

El próximo sábado entran en vigor varios cambios que afectan a los profesionales autónomos. Los mismos quedan registrados en el Estatuto del Autónomo y son consecuencia de la puesta en marcha de la Ley 31/2015. A continuación analizamos cuáles son estas modificaciones, que afectan a más de tres millones de personas en España.

 
  1. Tarifa plana. A partir de ahora quien se dé de alta como autónomo podrá contar con una cuota fija de pago en la Seguridad Social de 50 euros al mes durante seis meses. Una vez finalizado este periodo el autónomo se beneficiará de un sistema de bonificaciones progresivas. Asimismo, podrán solicitar la tarifa plata también los autónomos que contraten trabajadores. (anteriormente se aplicaba el 80% de reducción a la base mínima).
  2. Capitalización del paro. A partir de ahora no existe un límite de edad a la hora de solicitar el 100% de la prestación por desempleo en un pago único, el cual facilite la financiación de la puesta en marcha de un negocio. (Antes solo podían capitalizar el 60% si eran mayores de 30 años)
  3.  Alta en autónomos y paro. De la misma manera, con la aprobación de la Ley 31/2015, queda permitido darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y seguir cobrando el paro durante un máximo de nueve meses. (Antes solo podían los menores de 30 años).
  4. Segunda oportunidad. Al darse de alta como autónomo, y en el caso de que un profesional esté cobrando el paro en ese momento, es posible pedir que se le guarde la cantidad pendiente y recuperarla hasta cinco años después. (Antes esta medida se aplicaba a los menores de 30 años. Los mayores de esa edad tenían un plazo de 24 meses).
  5. Más derechos para los TRADE. También se ha modificado una de las principales características restrictivas de este colectivo: no tener a su cargo trabajadores por cuenta ajena ni contratar o subcontratar parte o toda la actividad con terceros. Dicha prohibición no será de aplicación, cuando exista riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses; en los periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, preadoptivo o permanente; para el cuidado de menores de siete años que tengan a su cargo, cuando se tenga a su cargo un familiar en situación de dependencia o con discapacidad igual o superior al 33% (Anteriormente los TRADE no podían contratar trabajadores).
  6. Se mantiene la bonificación del 50% en la cuota de autónomos durante 18 meses a los familiares colaboradores aunque ahora disfrutarán también del 25% durante los seis siguientes.
  7. Los autónomos con discapacidad disfrutarán de la Tarifa Plana fija de 50 euros durante el primer año de actividad, manteniendo un 50% de bonificación en la cuota durante los cuatro años siguientes (La bonificación anterior era del 50% de la cuota durante 5 años)
  8. El supuesto anterior se aplica también a víctimas de violencia de género y terrorismo

Para mas informacion, no dude en ponerse en contacto con nosotros al 986226483 o bien a fiscal@www.quattro.villarayito.com