Los proveedores disponen hasta el 22 de marzo para confirmar sus facturas pendientes con CCAA y EELL

20 Mar 2013 | principal

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Los proveedores que quieran acogerse a la extensión del Pago de Pago a proveedores tienen hasta el próximo viernes 22 de marzo para solicitar ser incluidos en el listado de facturas de la Entidad Local o la Comunidad Autónoma.
Para ello, tienen que acudir a los ayuntamientos, mancomunidades o comunidades autónomas de los que son acreedores para hacer esa gestión en formato papel hasta el viernes 22 de marzo. La información que necesita aportar cada proveedor es:
NIF
Número de Cuenta Corriente (se facilitará el CCC o el IBAN y, en cuentas internacionales, el BIC).
Importe del principal.
La solicitud implica la aceptación, por parte del proveedor, del pago de la deuda comercial pendiente a través de este mecanismo renunciando a intereses y otros gastos. Tanto la Entidad Local como la Comunidad Autónoma emitirán un certificado individual de reconocimiento de la obligación.
Facturas anteriores al 11 de enero de 2012
La extensión del Plan de Pago a proveedores, aprobado el pasado 23 de febrero con una dotación de más de 2.600 millones de euros, pagará las facturas contabilizadas antes del 1 de enero de 22012, y que los proveedores cobrarán en la primera quincena de junio.
Permite acogerse a entidades que quedaron fuera de la primera fase (mancomunidades de municipios y entidades del País Vasco y Navarra), así como a municipios y comunidades autónomas acogidas a la primera fase que tengan deudas con proveedores en alguna de las nuevas fórmulas contractuales que se incluyen a partir de ahora.
En el caso de las mancomunidades será preciso que remitan sus Estatutos y porcentajes de participación de los municipios que las integran y en el caso de las entidades locales del País Vasco y Navarra que se haya suscrito un Convenio con la Administración del Estado.
Entre los nuevos tipos de contratos que se incluyen en esta nueva fase del mecanismo, tanto para estas Entidades Locales como para todas las Comunidades Autónomas están: las concesiones administrativas, las encomiendas de gestión, los convenios, los contratos de arrendamiento de inmuebles, los contratos de colaboración público-privada, así como determinados contratos de concesión de obras públicas y de gestión de servicios públicos.
Asimismo, se habilita una segunda oportunidad, hasta el día 22 de marzo, para que los contratistas que no manifestaron su aceptación en abril de 22012 lo puedan hacer ahora, dirigiéndose a la entidad local o comunidad autónoma deudora.
Calendario de tramitación
Los plazos del procedimiento de la segunda fase del mecanismo de pago para las Comunidades Autónomas son los siguientes:
Del 6 al 22 de marzo: el proveedor consulta el listado de facturas de la Comunidad y acepta el pago de la deuda por este mecanismo renunciando a intereses.
Antes del 29 de marzo: la Comunidad remite al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (AEAT) el listado definitivo de facturas.
Antes del 15 de abril: la Comunidad presenta el Plan de Ajuste o su revisión.
Pago: primera quincena de junio de 20013
En cuanto a las Entidades Locales, el procedimiento es el siguiente:
Hasta el 22 de marzo: el proveedor puede solicitar ser incluido en el listado de facturas de la Entidad Local, aceptando el pago de la deuda por este mecanismo renunciando a intereses. La entidad emitiría certificado individual de reconocimiento de la obligación.
Antes del 29 de marzo: la Entidad Local envía al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (AEAT) el listado de facturas.
Antes del 15 de abril: la Entidad Local presenta el Plan de Ajuste o su revisión.
Pago: primera quincena de junio de 2013.
Página web con información sobre el plan de pago
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publica en su web una página con toda la información sobre el mecanismo extraordinario de pago a proveedores, tanto de entidades locales, como de comunidades autónomas.
En esta página, accesible a través de un banner con la identificación “Pago a Proveedores”, se accederá a toda la información relacionada con el mecanismo de pago, a todas las notas de prensa publicadas, la normativa aprobada así como una relación de preguntas frecuentes para que los proveedores puedan resolver sus dudas.
Igualmente, mediante sistema RSS, se permite suscribir alertas para conocer todas las novedades del procedimiento extraordinario de pago a proveedores.
FUENTE: Lexnova