Declaración de bienes en el extranjero – Modelo 720 2020

10 Mar 2021 | Notas de aviso

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Desde quattroasesoria iniciamos la campaña del Modelo 720 de Declaración de bienes en el extranjero relativa al ejercicio 2020, cuyo plazo de presentación finaliza el próximo 31 de marzo de 2021 para todos aquellos sujetos tributarios que estén obligados a dicha presentación frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

El Modelo 720 de Declaración de bienes en el extranjero obliga a los contribuyentes residentes fiscales en España, tanto personas físicas como jurídicas, a presentar declaración informativa sobre determinados bienes situados en el extranjero. Con carácter general, los bienes o conjuntos de bienes radicados fuera de España sobre los que existe obligación de informar son los siguientes:

  • Bienes inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
  • Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero sobre las que se ostente la condición de titular, representante, autorizado, beneficiario o sobre las cuáles se tengan poderes de disposición.
  • Valores o títulos, derechos, seguros y rentas radicados u obtenidos en el extranjero sobre los que se sea titular, así como seguros y rentas sobre los que se tenga la consideración de tomador o beneficiario, contratados con empresas establecidas en el extranjero.

La obligatoriedad de presentación del Modelo 720, con determinadas excepciones respecto a cada uno de los tres bloques o conjuntos de bienes mencionados anteriormente, opera cuando la valoración que establece la normativa vigente respecto a cada uno de los tres bloques o conjuntos de activos supere los 50.000 euros.  

En relación a los contribuyentes que hubiesen presentado el Modelo 720 en ejercicios anteriores, existirá obligación de presentar declaración respecto al ejercicio 2020 cuando se de alguna de las siguientes circunstancias:

  • Cuando se produzca durante 2020 la extinción respecto a algún elemento que haya sido declarado previamente en los Modelos 720 de ejercicios anteriores.
  • Cuando se produzca la adquisición de nuevos activos o elementos en el extranjero durante 2020 que conlleven la obligación de presentar la declaración, o se supere por primera vez el umbral de los 50.000 euros de valoración conjunta respecto a cualquiera de los grupos de activos sujetos a esta obligación.
  • Cuando se produzca un incremento de 20.000 euros o más en la valoración conjunta de alguno de los grupos de activos mencionados anteriormente, respecto a la valoración conjunta que dicho grupo de activos tuvo en la última declaración del Modelo 720 presentada.

Teniendo en cuenta la importancia de cumplir con esta obligación en forma y plazo, habida cuenta del régimen sancionador existente y del incremento del suministro de información entre las Administraciones Tributarias de los distintos países, se recomienda a todos aquellos contribuyentes con bienes en el extranjero que se pongan en contacto con el Departamento Fiscal de quattroasesoria.

Para así poder determinar si existe o no obligación de cumplimentar y presentar Modelo 720 de Declaración de bienes en el extranjero respecto al ejercicio 2020.

Puede contactar con nuestro Departamento Fiscal en el teléfono 986226483 o bien por mail fiscal@quattroasesoria.com